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SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

Descripción del procedimiento

Derecho de acceso a la información pública según se recoge en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Destinatarios
  • Todas las personas, en los términos previstos en el artículo 105.b de la Constitución española.
  • Las personas jurídicas podrán así mismo ejercer su derecho de acceso.
Documentación a presentar
  • Identificación de la persona interesada (DNI y/o NIF).
  • La indicación de la información que se quiere conocer de este ayuntamiento.
  • No se precisa consignar los motivos por los que se solicita la información.
  • La dirección de contacto a la cual puedan dirigirse las comunicaciones a propósito de la reclamación
  • En su caso, documentación acreditativa de la representación.

Se recomienda aportar anexada:

  • En caso de no realizar la solicitud con identificación electrónica, consignar una dirección de correo electrónico para facilitar el acceso a la información.
  • Motivar la petición ya que las razones del interés en acceder pueden utilizarse para ponderar el interés público frente a otros límites y derechos.
  • Cualquier otro documento que estime el solicitante.
Lugar de presentación

En el Registro General del Ayuntamiento de forma presencial, en las oficinas de Correos o a través del Registro Electrónico con DNI electrónico o certificado digital (así como a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Oficina de Atención al Ciudadano
Edificio Ayuntamiento - Planta Baja
Plaza de España, s/n
38760, Los Llanos de Aridane (La Palma)
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas
(Julio, Agosto y Septiembre de 8:00 a 14:00 horas)
Teléfono: 922 460 111

Tributos y precios públicos aplicables

Es gratuito.

Información

Oficina de Atención al Ciudadano
Edificio Ayuntamiento - Planta Baja
Plaza de España, s/n
38760, Los Llanos de Aridane (La Palma)
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas
(Julio, Agosto y Septiembre de 8:00 a 14:00 horas)
Teléfono: 922 460 111

Plazo Máximo de Tramitación

1 mes.

Cuando el volumen o la complejidad de la información solicitada lo justifiquen, el plazo se podrá ampliar por otro mes, informando de esta circunstancia al solicitante. (Art. 46.1 Ley 12/2014, de 26 de diciembre , de transparencia y de acceso a la información pública).

Silencio Administrativo

Desestimatorio. Transcurrido el plazo del mes, o de los dos meses en caso de ampliación comunicada, la solicitud se entenderá desestimada. (Artículo 46.3 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

Normativa Aplicable
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 12/2014 de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal aprobdo por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
  • Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español.
  • Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias.
  • Constitución Española de 1978
Observaciones

Pregunta: ¿Quién puede solicitar información?
Respuesta: Todas las personas, en los términos previstos en el artículo 105.b de la Constitución española. Las personas jurídicas podrán así mismo ejercer su derecho de acceso.
Pregunta: ¿Deberá motivarse la solicitud?
Respuesta: Nadie está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información.
Pregunta: ¿Deberá identificarse el ciudadano que pida información?
Respuesta: Si, la solicitud podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: la identidad del solicitante, la información que se solicita, una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones y, en su caso, la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada.

Pregunta: ¿Qué recursos caben contra las resoluciones que denieguen el acceso?
Respuesta: Las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública son recurribles directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de la reclamación potestativa prevista en el artículo 24 ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Esta reclamación sustituye a los recursos administrativos de conformidad con lo establecido en el artículo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática

Tramitar presencialmente

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo descargando y cumplimentando los siguientes formularios:

Procedimientos relacionados

El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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